Una de las mejores cosas que han traído el Internet y los pagos digitales, es abrirnos las puertas a interminables catálogos de bienes y servicios, que podemos comprar desde la comodidad de nuestras casas y con tan solo un clic. ¿Pero qué hacemos cuando nos arrepentimos de lo que hemos comprado o simplemente no se ajusta a nuestras expectativas?
Para estos casos, el Estatuto del Consumidor, ha establecido el Derecho de Retracto que es la facultad, que tienen los consumidores de “echarse para atrás” respecto a la compra de bienes o servicios, y que aplica en los siguientes casos:
Es muy importante tener en cuenta, que para ejercer este derecho usted cuenta con 5 días hábiles desde que recibió lo comprado y es necesario:
Recuerde que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es la autoridad encargada de vigilar que los establecimientos de comercio respeten el Derecho de Retracto de los consumidores y de sancionar a quienes no lo hagan, por lo que, si usted considera que le han desconocido este derecho, puede recurrir a ella.
Por: Germán López
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